Vender un piso
con inquilino
que no paga.

Si tu inquilino ha dejado de pagar, puedes seguir reclamando o vender el piso tal como está. Lo presentamos a inversores que compran pisos alquilados y con impagos en el sur de Madrid.

¿Se puede vender un piso con el inquilino dentro?

Sí. Vender no extingue el alquiler: el comprador se subroga en el contrato, es decir, pasa a ser el nuevo arrendador con los mismos derechos y obligaciones (artículo 14 de la Ley de Arrendamientos Urbanos).

Si el inquilino ha dejado de pagar, el nuevo propietario puede continuar la reclamación de las rentas futuras y el desahucio. Las rentas que se deben hasta la venta siguen siendo tuyas, salvo que pactéis cedérselas al comprador.

El derecho de tanteo y retracto del inquilino

El inquilino de una vivienda puede tener derecho de adquisición preferente: comprar el piso en las mismas condiciones que el comprador (artículo 25 de la LAU). En los contratos de más de cinco años puede haberse renunciado a él por escrito.

Por eso, antes de vender, revisamos el contrato y, si hace falta, se notifica al inquilino la decisión de vender con el precio y las condiciones. Hacerlo mal puede permitirle anular la venta después.

Desahucio por impago: en qué punto estás

La vía para recuperar la vivienda es el juicio de desahucio por falta de pago. Antes de presentar la demanda, en muchos casos es obligatorio intentar una solución negociada (los llamados medios adecuados de solución de controversias). Además, si el inquilino está en situación de vulnerabilidad, el procedimiento puede tener trámites adicionales.

No te prometemos plazos: dependen del juzgado y de cada caso. Lo que sí hacemos es revisar en qué punto está tu procedimiento, porque eso es lo que más influye en lo que un inversor puede ofrecer.

Qué documentos hacen falta

  • Contrato de alquiler y sus anexos, y justificante del depósito de la fianza.
  • Relación de rentas impagadas y comunicaciones con el inquilino (burofax, correos, mensajes).
  • Demanda, decreto o sentencia, si ya hay un procedimiento.
  • Nota simple, último IBI, certificado de deudas de la comunidad y certificado energético.

Vender o esperar

Si el impago es reciente y el inquilino puede ponerse al día, quizá te convenga esperar. Si el procedimiento se alarga, la deuda crece o no quieres seguir con el piso, venderlo a un inversor te permite cerrar la situación de una vez. Te ayudamos a comparar las dos opciones con números, por escrito.

Preguntas frecuentes

Vender un piso
con inquilino moroso.

¿Puedo vender si el inquilino no me paga?

Sí. El comprador se subroga en el contrato y puede continuar la reclamación y el desahucio.

¿Tengo que avisar al inquilino de que vendo?

Si conserva el derecho de tanteo y retracto, sí: hay que notificarle la venta con el precio y las condiciones. Revisamos tu contrato antes.

¿Qué pasa con las rentas que me debe?

Siguen siendo tuyas salvo que pactes cederlas al comprador. Se deja por escrito en el contrato de compraventa.

¿Y si es un inquiokupa?

Es un inquilino que entró con contrato y dejó de pagar desde el principio o casi. La vía sigue siendo el desahucio por falta de pago, y también se puede vender.

¿Me cuesta algo?

No. Vender a través de AllegraCapital no tiene coste para el vendedor.

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